Tiempo de promesas

El artículo 21 de dicho documento plantea que “(…) la voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragiouniversal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto (…)”.

La facultad de elegir sobre la base de la meditación y la reflexión, más que un derecho es una necesidad y también un deber ciudadano, porque cómo pretendemos que el mundo cambie y mejore si no formamos parte de ese cambio e impulsamos su materialización.

En Cuba, el Código de la Familia vigente, data de 1975 y, aunque fuera muy avanzado para la época, requiere hoy una actualización atemperada al contexto real donde se ofrezca protección a la familia que culturalmente ha aceptado nuestra sociedad.

En torno al Nuevo Código de las Familias se han generado muchos mitos cuyo origen se basa en la desinformación, las malas interpretaciones y los rumores repetidos de algún tercero.

Lo primero es señalar que, bajo ningún concepto lo que aquí se plantea contradice lo plasmado en la Constitución de la República de Cuba ni convención internacional alguna.

Real es el hecho de que la sociedad avanza y las familias evolucionan y se modifican. Ya no estamos en 1975, lo que para entonces marcara una pauta progresista hoy, se queda pequeño y no abraza por completo tanta diversidad.

Entre los temas más polémicos de la propuesta legal se encuentra la autonomía progresiva, que no pretende otra cosa que, ante cualquier conflicto familiar, el criterio de los niños y adolescentes sea tomado en cuenta para decidir su porvenir, todo ello por medio de la evaluación rigurosa de un grupo de especialistas que considerarán el nivel de madurez y la capacidad de opinión de los menores.

No se pretende prohibir el regaño como parte de la educación formal, sino prevenir que este se sustente por medio de la violencia como si los niños fueran objetos y no sujetos de derecho. Los padres tienen la responsabilidad de apoyar y guiar, pero no deben imponer su voluntad sobre las decisiones de los hijos.

La protección en los entornos digitales se vuelve una necesidad. Qué consumen nuestros hijos se convierte en una preocupación. Los jóvenes nativos digitales aún en crecimiento y proceso de conformación de su identidad son susceptibles a la mala influencia y al cyberbulling. Algo tan sencillo como un reto de Tic Toc se ha cobrado la vida de dos niñas en otros países este año, por ende, el auge tecnológico de la nación demanda aparatos legislativos que auxilien a los padres en la prevención de eventos similares.

Y, si de violencia se trata, hasta hoy, las normativas vigentes solo enjuician aquellas con carácter físico. Mientras que, la violencia psíquica y emocional continuaban creciendo en el interior de la convivencia con toda impunidad.

Analizando dicho vacío, se redactaron nuevos artículos dentro del código que no desamparen a las víctimas de cualquier tipo de violencia intrafamiliar.

Es tiempo de defender el ahora para el futuro. De elegir formar una familia preparada en la protección legal, sin importar su diversidad o el origen de los lazos que la unen. De hacer valer mi voluntad propia e individual, pero sin limitar a mi vecino más cercano.

Hay que votar, porque para cambiar el mundo no se puede estar al margen. Para ser parte de la transformación hay que tomar partido. Sí o No, será la decisión que cada cual deberá asumir sobre la base del conocimiento y la reflexión personal, es un derecho incuestionable, corresponde a cada ciudadano concluir si el Nuevo Código de las Familias retrata su realidad y la de ese vecino más cercano o no.