Participación en escrutinio, transparencia en elecciones de Cuba

La ley Electoral prevé que el escrutinio sea público y, por tanto, en este pueden participar los miembros de los órganos electorales del territorio, los representantes de las organizaciones políticas y de masas, los nominados y demás ciudadanos que lo deseen, sean electores o no, una garantía de transparencia en el proceso.

Señala la legislación que el presidente de la mesa del colegio electoral indicará el lugar donde deben ubicarse quienes observen el acto, los cuales deben mantener una conducta acorde con la solemnidad del momento y sin interferir en las funciones de las autoridades.

Una vez comenzado el escrutinio este transcurrirá de manera continua, atendiendo a los pasos previstos, que incluyen la separación de las boletas válidas en dos grupos: uno con los votos a favor de todos los candidatos, y otro con aquellos selectivos.

Los integrantes de la mesa deben comprobar que la cantidad de boletas válidas sea igual a la suma de ambos grupos antes de iniciar el escrutinio, que comenzará por aquellas a favor de todos los propuestos.

El conteo del voto selectivo se dará a conocer a viva voz por el presidente de la mesa y, una vez concluida la lectura, se suma el total de los alcanzados por cada uno de los propuestos.

El total de votos que obtiene cada candidato puede ser igual o inferior a todos los válidos, pues la elección selectiva introduce diferencias entre esas cifras.

De acuerdo con la ley, se consideran elegidos diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular quienes obtengan más de la mitad del número de votos válidos emitidos en el municipio o Distrito Electoral, según el caso.

La participación de la ciudadanía en el escrutinio es un elemento que, además de asegurar la transparencia del proceso, habla también de la democracia implícita en dicho ejercicio.

Tomado de PL https://www.prensa-latina.cu/2023/03/14/participacion-en-escrutinio-transparencia-en-elecciones-de-cuba